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¿QUE
REQUISITOS DEBO CUMPLIR PARA REALIZAR EL “DIVORCIO RAPIDO”
VIA NOTARIA O MUNICIPAL? |
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El trámite
del procedimiento no contencioso de la Separación
Convencional y Divorcio Ulterior “divorcio rápido”
vía notarial y/o municipal es relativamente sencillo
tiene una duración aproximada de 4 meses, a continuación
le proporcionaremos la relación de los documentos que
deben acompañarse a su solicitud:
- Copia
simple de los documentos de identidad de ambos cónyuges.
- Copia
certificada de la Partida o del Acta de Matrimonio, que halla
sido expedida dentro de los tres meses anteriores a
la fecha de presentación de la solicitud.
- Declaraciones
Juradas con firma y huella digital de cada uno de los cónyuges
de no tener hijos menores de edad o mayores con incapacidad.
- Si hubiese
hijos menores o mayores incapaces deberá adjuntarse
la copia certificada del Acta o Partida de Nacimiento de los
mismos, igualmente con una vigencia no mayor a los tres meses
anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
- Cabe
precisar, por otro lado que en el caso de tener hijos menores
de edad, para iniciar el trámite se deberá contar
con una Sentencia judicial firme o Acta de Conciliación
donde se haya determinado previamente mediante acuerdo de
los cónyuges aspectos relacionados sobre la Patria
Potestad, Alimentos, Tenencia y Régimen de Visitas
de los hijos menores.
- Si es
que se tuviere hijos mayores incapaces, se deberá presentar
copias certificadas de la sentencia judicial firme o del acta
de conciliación respecto a los regimenes de ejercicio
de la curatela, alimentos y visitas de los hijos mayores con
incapacidad, así como copia certificada de la sentencia
judicial firme que declaro la interdicción del hijo
mayor incapaz y que nombra a su curador.
- Testimonio
de la escritura publica, inscrita en los registros públicos
de separación de patrimonios; o en su defecto se presentara
una declaración jurada con la firma de ambos cónyuges
y su huella digital en los cuales ellos manifiestan que carecen
de bienes sujetos al régimen patrimonial de sociedad
de gananciales.
- Ahora
bien, si fuera el caso se presentara el testimonio de la escritura
publica inscrita en los registros públicos de sustitución
o de liquidación del régimen patrimonial.
- Declaración
jurada del último domicilio conyugal suscrita obligatoriamente
por ambos cónyuges.
Y, por último
el pago de la tasa correspondiente por el trámite de separación
convencional y divorcio ulterior.
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Cáceres
Escalante ® 2009 |
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