¿QUE REQUISITOS DEBO CUMPLIR PARA REALIZAR EL “DIVORCIO RAPIDO” VIA NOTARIA O MUNICIPAL?

 
 
         

El trámite del  procedimiento no contencioso de la Separación Convencional y Divorcio Ulterior “divorcio rápido” vía notarial y/o municipal es relativamente sencillo tiene una duración aproximada de 4 meses, a continuación le proporcionaremos la relación de los documentos que deben acompañarse a su solicitud:

  • Copia simple de los documentos de identidad de ambos cónyuges.
  • Copia certificada de la Partida o del Acta de Matrimonio, que halla sido expedida dentro  de los tres meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Declaraciones Juradas con firma y huella digital de cada uno de los cónyuges de no tener hijos menores de edad o mayores con incapacidad.
  • Si hubiese hijos menores o mayores incapaces deberá adjuntarse la copia certificada del Acta o Partida de Nacimiento de los mismos, igualmente con una vigencia no mayor a los tres meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Cabe precisar, por otro lado que en el caso de tener hijos menores de edad, para iniciar el trámite se deberá contar con una Sentencia judicial firme o Acta de Conciliación donde se haya determinado previamente mediante acuerdo de los cónyuges aspectos relacionados sobre la Patria Potestad, Alimentos, Tenencia y Régimen de Visitas de los hijos menores.
  • Si es que se tuviere hijos mayores incapaces, se deberá presentar copias certificadas de la sentencia judicial firme o del acta de conciliación respecto a los regimenes de ejercicio de la curatela, alimentos y visitas de los hijos mayores con incapacidad, así como copia certificada de la sentencia judicial firme que declaro la interdicción del hijo mayor incapaz y que nombra a su curador.
  • Testimonio de la escritura publica, inscrita en los registros públicos de separación de patrimonios; o en su defecto se presentara una declaración jurada con la firma de ambos cónyuges y su huella digital en los cuales ellos manifiestan que carecen de bienes sujetos al régimen patrimonial de sociedad de gananciales.
  • Ahora bien, si fuera el caso se presentara el testimonio de la escritura publica inscrita en los registros públicos de sustitución o de liquidación del régimen patrimonial.
  • Declaración jurada del último domicilio conyugal suscrita obligatoriamente por ambos cónyuges.
Y, por último el pago de la tasa correspondiente por el trámite de separación convencional y divorcio ulterior.
 
 
 
   
 
 
 
 
     
       
Cáceres Escalante ® 2009